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La
Generalitat de Cataluña aprueba un proyecto de ley sobre lugares
de culto
(Barcelona,
21/11/2007) El Consejo Ejecutivo de la Generalitat aprobó
ayer el proyecto
de ley de centros de culto, el primer texto de este tipo
elaborado en la Unión Europea, con el que se regula el establecimiento
de centros de reunión con fines religiosos.
Abrir un oratorio musulmán,
un Salón del Reino o una iglesia evangélica es una empresa
imposible en muchos municipios catalanes. Decenas de ayuntamientos
son incapaces de resistir las presiones vecinales y deniegan sistemáticamente
los permisos para locales de culto no católicos.
El Gobierno catalán dice que
luchará contra esta "discriminación" mediante
esta Ley, un texto que obligará a que los planes urbanísticos
incluyan suelo donde se admitan los usos de carácter religioso.
Ninguna de las 13 confesiones presentes en Cataluña quedarán
excluidas.
"El principal mensaje que queremos
enviar es el de que el paisaje religioso se ha diversificado y no tiene
sentido cerrar los ojos a esta realidad" - destacó el vicepresidente
del Gobierno, Josep Lluís Carod-Rovira en la presentación
del texto, y rechazó la pretensión de la Iglesia Católica,
expresada a través de arzobispo de Barcelona, Lluís Martínez
Sistach, de una ley específica para esta confesión.
Pese a la oposición de la Iglesia (católica),
Carod-Rovira aseguró que el texto cuenta con el beneplácito
de los afectados puesto que desde la aprobación de la primera memoria
de la ley, el pasado abril, han participado en su redacción un
total de 27 entidades representantes de todas las confesiones religiosas.
Primeras reacciones dentro del
protestantismo
Los
evangélicos españoles, en principio, valoramos de forma
positiva que exista una Ley que regule las condiciones para el funcionamiento
de los lugares de culto. Se trata ésta, precisamente, de una
antigua petición de FEREDE presentada a los sucesivos gobiernos
de Aznar y de Rodríguez Zapatero. El documento aprobado
por la Generalitat, sin embargo, incluye algunos aspectos que - a falta
de su correspondiente reglamento - plantean serios interrogantes sobre
sus posibles efectos colaterales.
La Ley Orgánica de Libertad
Religiosa de 1980 establece que, el ejercicio de la libertad religiosa
y de culto tiene como único límite "la
protección del derecho de los demás al ejercicio de sus
libertades públicas y derechos fundamentales, así como la
salvaguardia de la seguridad, de la salud y de la moralidad pública
".
La exigencia de una licencia de actividad,
como un requisito "previo" a ese ejercicio constitucional,
podría traducirse en la violación de un derecho fundamental
que, por su propia naturaleza, es de aplicación inmediata
y no necesita de ninguna ley o licencia para su ejecución, dentro
de los parámetros establecidos por la Constitución y por
las leyes.
Preocupación e incertidumbre
Por ello, las primeras reacciones
dentro de las instituciones evangélicas son de cierta preocupación
e incertidumbre, ya que el texto aprobado, aunque recoge algunas de las
sugerencias realizadas por el Consell Evangèlic de Cataluña
- con el asesoramiento del Departamento de Asuntos Jurídicos
de FEREDE -, no incluye sin embargo "la principal"
de dichas sugerencias, que tiene que ver con requisitos a los lugares
de culto que pudieran entrar en conflicto con el principio de libertad
religiosa amparado por la Constitución.
Lo
ideal, para hacer una ley compatible con las exigencias de la libertad
religiosa, sería que la apertura de una iglesia, o lugar de culto,
fuera únicamente un "acto comunicado" en
el que se adjunta la documentación técnica que sea exigible
por razones de seguridad e higiene, pero sin que se tenga que pasar por
un procedimiento incierto - y hasta ahora tortuoso - que es el
que se aplica a las licencias de apertura.
El proyecto de ley de la Generalitat,
podría legitimar un procedimiento que es susceptible de manipulación
y abusos por parte de los ayuntamientos, y no sólo por cuestiones
económicas - que es la preocupación más inmediata
de los ciudadanos en los tiempos actuales -, sino también por razones
de intolerancia religiosa, prejuicio y racismo.
El "obstruccionismo municipal"
practicado por los enemigos de la libertad religiosa, es el verdadero
"Goliat" con el que tenemos que lidiar los evangélicos
españoles a la hora de establecer nuevos lugares de culto - y de
mantener los existentes - en muchos municipios de España. Necesitamos
una ley que contemple esta realidad y la resuelva.
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Fuente: Noticias FEREDE
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