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noviembre 2007

La Generalitat de Cataluña aprueba un proyecto de ley sobre lugares de culto

(Barcelona, 21/11/2007) El Consejo Ejecutivo de la Generalitat aprobó ayer el proyecto de ley de centros de culto, el primer texto de este tipo elaborado en la Unión Europea, con el que se regula el establecimiento de centros de reunión con fines religiosos.

Abrir un oratorio musulmán, un Salón del Reino o una iglesia evangélica es una empresa imposible en muchos municipios catalanes. Decenas de ayuntamientos son incapaces de resistir las presiones vecinales y deniegan sistemáticamente los permisos para locales de culto no católicos.

El Gobierno catalán dice que luchará contra esta "discriminación" mediante esta Ley, un texto que obligará a que los planes urbanísticos incluyan suelo donde se admitan los usos de carácter religioso. Ninguna de las 13 confesiones presentes en Cataluña quedarán excluidas.

"El principal mensaje que queremos enviar es el de que el paisaje religioso se ha diversificado y no tiene sentido cerrar los ojos a esta realidad" - destacó el vicepresidente del Gobierno, Josep Lluís Carod-Rovira en la presentación del texto, y rechazó la pretensión de la Iglesia Católica, expresada a través de arzobispo de Barcelona, Lluís Martínez Sistach, de una ley específica para esta confesión.

Pese a la oposición de la Iglesia (católica), Carod-Rovira aseguró que el texto cuenta con el beneplácito de los afectados puesto que desde la aprobación de la primera memoria de la ley, el pasado abril, han participado en su redacción un total de 27 entidades representantes de todas las confesiones religiosas.

Primeras reacciones dentro del protestantismo

Los evangélicos españoles, en principio, valoramos de forma positiva que exista una Ley que regule las condiciones para el funcionamiento de los lugares de culto. Se trata ésta, precisamente, de una antigua petición de FEREDE presentada a los sucesivos gobiernos de Aznar y de Rodríguez Zapatero. El documento aprobado por la Generalitat, sin embargo, incluye algunos aspectos que - a falta de su correspondiente reglamento - plantean serios interrogantes sobre sus posibles efectos colaterales.

La Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 establece que, el ejercicio de la libertad religiosa y de culto tiene como único límite "la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales, así como la salvaguardia de la seguridad, de la salud y de la moralidad pública…".

La exigencia de una licencia de actividad, como un requisito "previo" a ese ejercicio constitucional, podría traducirse en la violación de un derecho fundamental que, por su propia naturaleza, es de aplicación inmediata y no necesita de ninguna ley o licencia para su ejecución, dentro de los parámetros establecidos por la Constitución y por las leyes.

Preocupación e incertidumbre

Por ello, las primeras reacciones dentro de las instituciones evangélicas son de cierta preocupación e incertidumbre, ya que el texto aprobado, aunque recoge algunas de las sugerencias realizadas por el Consell Evangèlic de Cataluña - con el asesoramiento del Departamento de Asuntos Jurídicos de FEREDE -, no incluye sin embargo "la principal" de dichas sugerencias, que tiene que ver con requisitos a los lugares de culto que pudieran entrar en conflicto con el principio de libertad religiosa amparado por la Constitución.

Lo ideal, para hacer una ley compatible con las exigencias de la libertad religiosa, sería que la apertura de una iglesia, o lugar de culto, fuera únicamente un "acto comunicado" en el que se adjunta la documentación técnica que sea exigible por razones de seguridad e higiene, pero sin que se tenga que pasar por un procedimiento incierto - y hasta ahora tortuoso - que es el que se aplica a las licencias de apertura.

El proyecto de ley de la Generalitat, podría legitimar un procedimiento que es susceptible de manipulación y abusos por parte de los ayuntamientos, y no sólo por cuestiones económicas - que es la preocupación más inmediata de los ciudadanos en los tiempos actuales -, sino también por razones de intolerancia religiosa, prejuicio y racismo.

El "obstruccionismo municipal" practicado por los enemigos de la libertad religiosa, es el verdadero "Goliat" con el que tenemos que lidiar los evangélicos españoles a la hora de establecer nuevos lugares de culto - y de mantener los existentes - en muchos municipios de España. Necesitamos una ley que contemple esta realidad y la resuelva.

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Fuente: Noticias FEREDE

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Contacto: Departamento de Prensa de FEREDE

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